La educación en Chile se divide en cuatro
niveles —preescolar, básica, media y superior—, de los
cuales los tres primeros son obligatorios. La educación chilena está
regida por la Ley General de Educación de 2009 (LGE), sucesora de
la Ley Orgánica Constitucional de
Enseñanza (LOCE).
Los niveles preescolar, básico y medio del sistema educacional —así como los
centros de formación técnica de la educación superior— están regulados y
vigilados por el Ministerio de Educación. El Consejo superior de
Educación (CSE) tiene como principales funciones pronunciarse sobre la
solicitud de reconocimiento oficial de las universidades e institutos
profesionales, verificar su desarrollo, establecer sistemas de examen selectiva
y acreditación, recomendar sanciones y realizar estudios sobre la educación
superior.
El derecho a la educación y a la libertad de
enseñanza están resguardados en la Constitución Política de la República; sin embargo,
para tener reconocimiento legal, los establecimientos particulares deben
cumplir con los objetivos fundamentales y contenidos mínimos obligatorios
(OF-CMO), prescritos por los artículos 15 a 20 de la LOCE. Dichos requisitos y
normas son establecidas por el Ministerio de Educación previo informe del CSE.
Pese a que el derecho a la educación está constitucionalmente resguardado, en
Chile existe una serie de problemas relacionados con la calidad y el acceso,
sobre todo a nivel superior. En la última década, ha habido dos grandes olas de
manifestaciones en relación a la situación de la educación en el país:
en 2006 y 2011 esta última se vio inmersa en un año de profunda y activa
protesta social en el país en distintos ámbitos.
Los niveles preescolar, básico y medio del sistema educacional —así como los centros de formación técnica de la educación superior— están regulados y vigilados por el Ministerio de Educación. El Consejo superior de Educación (CSE) tiene como principales funciones pronunciarse sobre la solicitud de reconocimiento oficial de las universidades e institutos profesionales, verificar su desarrollo, establecer sistemas de examen selectiva y acreditación, recomendar sanciones y realizar estudios sobre la educación superior.
El derecho a la educación y a la libertad de enseñanza están resguardados en la Constitución Política de la República; sin embargo, para tener reconocimiento legal, los establecimientos particulares deben cumplir con los objetivos fundamentales y contenidos mínimos obligatorios (OF-CMO), prescritos por los artículos 15 a 20 de la LOCE. Dichos requisitos y normas son establecidas por el Ministerio de Educación previo informe del CSE.
Pese a que el derecho a la educación está constitucionalmente resguardado, en Chile existe una serie de problemas relacionados con la calidad y el acceso, sobre todo a nivel superior. En la última década, ha habido dos grandes olas de manifestaciones en relación a la situación de la educación en el país: en 2006 y 2011 esta última se vio inmersa en un año de profunda y activa protesta social en el país en distintos ámbitos.
2. Estructura del sistema educativo.
Educación
Parvularia:
está destinada a atender a niños y niñas de hasta 5 años de edad, desde salas
cunas, Nivel Medio Menor, Nivel Medio Mayor y Primer y Segundo Nivel de Transición. La educación parvularia
no es obligatoria. Actualmente a través de la Comisión para la Infancia se busca la
elaboración de un diagnóstico que permita la generación de políticas públicas
del nivel.
Educación
Básica:
tiene por objetivo propender al desarrollo integral de la personalidad del
alumno estimulando su creatividad para su integración gradual como sujeto
activo en la evolución de la sociedad. Comprende 8 años de educación
obligatoria y atiende a niños entre 6 y 13 años.
Se divide a su vez en dos
ciclos: primer ciclo básico, desde 1ro a 4to básico; y segundo ciclo básico,
desde 5to a 8vo básico.
Educación Media: comprende 4 años de
educación obligatoria y atiende a la población escolar egresada de educación
general básica, que va entre los 14 y 18 años. Se organiza bajo dos
modalidades:
1. Educación
media científica – humanista
2. Educación
técnico profesional
La primera tiene como objetivo formar
integralmente a los estudiantes preparándolo, ya sea para que continúe estudios
superiores o se integre al campo laboral.
La segunda está orientada a formar
integralmente a los estudiantes y prepararlo como técnico nivel medio para
desempeñarse en las áreas de producción o servicios del sector laboral.
Educación
Especial:
que tiene como objetivo general la habilitación o recuperación de niños que
presentan dificultades para integrarse al proceso educativo normal, en forma
permanente o transitoria, a fin de incorporarlos a la vida en sociedad. Atiende
el déficit de audición, lenguaje y visión, deficiencia mental, trastornos
motores y autismo.
Educación
de Adultos: Es
un tipo de educación con componentes de formación general y de capacitaciones
laborales, orientada a entregar educación básica o media a personas mayores de
16 años que por diferentes razones: ingresos tardíos al sistema educativo,
retiros, ingreso temprano a la vida laboral, etc. Se han visto imposibilitados
de ingresar a la educación regular. La educación de adultos tiene por objetivo
crear las condiciones educativas favorables que permitan el desarrollo integral
del adulto y su posterior incorporación a la vida cultural, social y económica,
buscando la igualdad de oportunidades par su participación plena en la
sociedad.
VIDEO.
https://youtu.be/Z5U0MeIXvBY
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https://youtu.be/Z5U0MeIXvBY
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